VISTO el expediente N° 0355-69-001-2024, relacionado con la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 3 de abril del corriente por el Sr. Gabriel Delpiazzo, al amparo de lo dispuesto en la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008; RESULTANDO: I) que el interesado solicita información remitida por la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas (UTE): tres planillas elaboradas por UTE y enviada a URSEA sobre el inventario físico de las instalaciones de trasmisión y subtrasmisión: 1. Inventario ST Subetapa transformación a dic 2016.xlsx; 2. Inventario ST Segunda entrega 06 de abril de 2017.xlsx; y 3. 170323_ENTREGA_VNR_TRA_2016.xlsx. Las mismas surgen referenciadas en los informes elaborados para URSEA por Mercados Energéticos Consultores en Noviembre y Diciembre del año 2017, sobre la Valoración de Redes de Trasmisión y Subtrasmisión eléctricas; CONSIDERANDO: I) que esta Unidad es sujeto obligado, a los efectos de la Ley N° 18.381, por lo tanto debe permitir el acceso a la información que produzca o tenga en su poder, siempre y cuando la misma no revista alguna de las causales de excepción que la mencionada norma establece en los artículo 8° a 10; II) que el artículo 10 establece como una de las excepciones al acceso a la información pública la confidencialidad en el supuesto que fueran entregada en tal calidad; III) que en ese sentido la información remitida por UTE fue entregada con cláusula de confidencialidad a esta Unidad; IV) que la información es remitida por UTE a Ursea para el cumplimiento de sus cometidos como Regulador, lo que no implica que Ursea pueda publicitar dicha información, entendiéndose que el solicitante debería solicitar la información directamente a UTE; ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido en la Ley N°18.381 de 17 de octubre de 2008 y la Resolución SD N° 194/20 de 20 de agosto de 2020;
EL DIRECTORIO DE URSEA RESUELVE:
1.- Clasificar como confidencial la información contable remitida por UTE a esta Unidad detallada en el Resultando 1 de esta Resolución. 2.- Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.
2.14.0.0
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